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PLAN DE ESTUDIOS

Te indicamos nuestro plan de formación, para que sepas dónde situarte. Es un plan elaborado para que cada alumno vaya avanzando firmemente en la consecución de su objetivo. Para ello cuenta también con la ayuda de un tutor, que estará a su disposición para lo que en cada momento necesite.

Ordenación de la enseñanza

Las enseñanzas en la Escuela Municipal de Música de Amurrio se dividen en cuatro niveles, tal y como se contempla en el artículo 4 del decreto 289/92.

5.1. NIVEL I o de contacto.

Alumnos: Dirigido exclusivamente a alumnos entre 4 y 7 años.

No habrá nivel de competencia.

Materias:

5.1.1. Música y movimiento

a) Objetivos:

– Potenciar el desarrollo armónico de la personalidad del niño a través de la interacción con el docente y el resto de los compañeros por medio de la actividad sonora.

– Adquirir conciencia de sí mismo como un ser en armonía interior y con los y lo que le rodea.

– Descubrir las capacidades expresivas, musicales y motrices que permitan posteriormente la elección de un instrumento y la práctica musical.

b) Contenidos:

– La voz en su doble vertiente de lenguaje y canto.

– La representación gráfica no convencional como iniciación a la lectura y a la escritura.

– La percepción auditiva.

– La formación rítmica por medio de instrumentos elementales.

– El movimiento en relación con el conocimiento del propio cuerpo y los elementos del lenguaje musical.

c) Tiempo lectivo:

– Dos encuentros semanales de 45 minutos.

d) Evaluación:

– Finalizado este nivel, el profesor emitirá un informe. No hay nivel de competencia.

5.1.2. Preinstrumento: también llamado «ronda de instrumentos»

a) Objetivo: conocer de cerca los distintos instrumentos presentes en la Escuela para poder decidir después cuál escoger. Cada profesor al final emite una valoración informativa y orientativa sobre las aptitudes y la actitud del alumno ante el instrumento.

b) Contenido: cada profesor presenta al alumno el instrumento, sus distintas características y su funcionamiento. El alumno prueba directa y personalmente cada instrumento, haciéndose una idea más precisa del mismo.

c) Tiempo lectivo: 30 minutos semanales.

5.2. NIVEL II o Básico.

Materias:

5.2.1. Práctica instrumental básica.

a) Alumnos: de todas las edades.

b) Objetivo: según reza la ley del 92 «La competencia a conseguir será la de un alumno que supera el Grado Elemental de Conservatorio.»

c) Contenidos: los establecidos en el PCC.

d) Tiempo lectivo:

– clase individual: 30 minutos semanales

– clase grupal: se dará en proporción al número de alumnos

e) Materias:

– Rama de canto:

– Canto lírico. Edad mínima 18 años. En cualquier caso después de la muda de voz.

– Coro: niveles II-1, II-2 y II-3.

– Escolanía: a partir del nivel II-3. Tiempo lectivo: 1 hora semanal.

– Coro de voces blancas: a partir de 15 años. Tiempo lectivo: 2 horas semanales.

– Rama de música instrumental sinfónica:

– Cuerda: violín, viola, violonchelo, contrabajo.

– Viento madera: flauta travesera, oboe, clarinete, saxofón, fagot.

– Viento metal: trompeta, trombón, trompa, bombardino, percusión.

– Rama de música instrumental de raíz tradicional:

– Txistu.

– Rama de tendencias diversas: jazz, pop, rock, …

– Guitarra eléctrica, bajo, batería, teclado, técnica vocal.

– Rama de instrumentos polifónicos:

 Piano, guitarra, acordeón, órgano

f) Criterio de evaluación: La competencia a conseguir será la de un alumno que supera el Grado Elemental de Conservatorio.

5.2.2. Práctica de conjunto.

a) Objetivos: El decreto 289/92 marca como objetivo primordial de las Escuelas de música el realizar música grupal. En este nivel los alumnos que se inscriban en un instrumento pueden participar en las agrupaciones instrumentales o vocales que propone el centro. Estas actividades son una finalidad prioritaria por cuanto permiten comprender la dimensión comunicativa y cooperativa de la interpretación musical. Recoge tradiciones locales y despierta el interés por nuevas perspectivas y manifestaciones musicales.

Estas actividades constituyen una valiosa proyección cultural porque representan a la Escuela de música en su ámbito municipal y regional, promueven intercambios con otros centros y posibilitan el desarrollo de la música a través de la formación de bandas, orquestas, coros y agrupaciones diversas.

b) Agrupaciones:

I. Desde nivel II-3 hasta nivel II-6. Tiempo lectivo: 1h semanal.

– Orquesta txiki

– Banda txiki

– Combo txiki

– Escolanía

– Conjunto de acordeones txiki

– Txistu txiki taldea

– Conjunto de guitarras txiki

En cualquier caso el paso de forma excepcional de una agrupación a la correspondiente superior (ej. banda txiki a banda de nivel III) requerirá el previo consenso entre el profesor tutor y los directores de las dos agrupaciones, con el visto bueno de la jefatura de estudios.

II. Sin exigencia de nivel:

– Conjuntos de adultos

5.2.3. Formación complementaria.

a) Iniciación musical: alumnos que empiezan su formación con 7 años.

Tiempo lectivo: dos encuentros semanales de 45m cada uno.

b) Lenguaje Musical Básico: desde nivel II-1 hasta II-4:

– Destinatarios: alumnos de más de 8 años.

– Objetivo: el decreto 289/92 marca como objetivo el conseguir una competencia comparable a la conseguida al finalizar el Grado Elemental del Conservatorio, con el fin de capacitar al alumno para leer las partituras que después trabajará en su instrumento y en las agrupaciones, además de establecer los patrones auditivos para una correcta afinación del instrumento.

– Contenidos: estudio de los diferentes elementos que integran el lenguaje musical (pulso, compases, claves, notación, figuración, alteraciones, agógica y dinámica, articulaciones, ornamentos). Desarrollo de la capacidad auditiva y cultura musical en general.

– Tiempo lectivo: dos encuentros semanales de 45m cada uno.

c) Lenguaje Musical Avanzado: niveles II-5 y II-6:

– Objetivo: el estudio de la dimensión armónica de la música, tanto a nivel de comprensión como de creación.

– Contenidos: intervalos, tonalidades, acordes, escalas, elementos formales (frases, motivos, etc…)

– Tiempo lectivo: dos encuentros semanales de 45m cada uno.

d) Coro: desde nivel II-1 hasta nivel II-3:

– Objetivo: desarrollar la capacidad auditiva tanto interna como externa y la capacidad de emisión de la voz. Descubrir las posibilidades de la propia voz como instrumento de comunicación musical y desarrollar la capacidad de trabajar en equipo.

– Tiempo lectivo: 30 m semanales.

e) Educación auditiva (ear training):

– Objetivo: desarrollar la capacidad de discriminar e identificar los sonidos y sus formas (escalas, acordes, articulaciones, matices, etc.) a través del oído.

– Tiempo lectivo: 45m semanales

– Materia grupal: matrícula sujeta a un número mínimo de alumnos.

f) Técnica vocal:

– Destinatarios: cantantes en general.

– Objetivo: desarrollar una respiración y emisión de voz correctas.

– Tiempo lectivo: 30m semanales.

g) Informática musical I:

– Contenido: estudio de programas informáticos (software) de escritura musical (Sibelius, Finale).

– Tiempo lectivo: 45h semanales.

– Materia grupal: matrícula sujeta a un número mínimo de alumnos.

5.3. Nivel III o Medio.

 – Según el decreto 289/92 todo alumno de instrumento y de canto solista como enseñanza principal se matriculará también en los conjuntos instrumentales y corales respectivamente. Podrá no matricularse en la enseñanza principal cuando, interesado sólo por la práctica de conjunto, posea además, a juicio de la Escuela, el nivel de competencia instrumental o vocal precisos para su participación únicamente en conjuntos.
 – Objetivo: según el decreto 289/92 establece como objetivo de este nivel el adquirir una competencia instrumental o de canto equiparable al alumno que supera el 2º Ciclo de Grado Medio del Conservatorio.

 – Materias:

5.3.1.  Práctica instrumental.

– Materias como en nivel II.

– Tiempo lectivo:

– clase individual: 30m

– clase grupal: según el número de alumnos.

– Criterio de evaluación: poseer una competencia instrumental o de canto equiparable al alumno que supera el 2º Ciclo de Grado Medio del Conservatorio.

5.3.2.  Práctica de conjunto: obligatoria.

Agrupaciones:

 Orquesta: tiempo lectivo: 1h 30m semanal

– Banda: tiempo lectivo: 1h 30m semanal

– Conjunto de acordeones: tiempo lectivo: 1h

– Combo: 1h 15m

– Txistu taldea: 1h

– Conjunto de guitarras: 1h

– Música de cámara: 1h

– Coro de voces blancas: tiempo lectivo: 2h semanales. Sin exigencia de nivel, edad mínima: 16 años.

5.3.3. Formación complementaria.

a) Creación musical:

– Objetivo: Descubrir los fundamentos de la creación musical.

– Contenidos: sus distintos elementos: melodía, armonía, voicing, estudio de los instrumentos y sus posibles combinaciones, escribir para voces.

– Tiempo lectivo: 1h semanal.

b) Informática musical II:

– Contenidos: estudio de programas de grabación y edición de sonido (Cubase), así como de hardware musical.

– Tiempo lectivo: 1h semanal.

c) Técnica vocal.

– Tiempo lectivo: 30m semanales.

5.4. Nivel III-Reforzado.

El Decreto 289/92 en el artículo 19 contempla la posibilidad de reforzar en su enseñanza a alumnos con cualidades, interés y aprovechamiento especiales, con vistas a su incorporación al régimen reglado (Conservatorio en Grado Medio o Superior): «Este alumnado reforzado recibirá la formación precisa para garantizarle los conocimientos exigidos en las pruebas de acceso a cualquiera de los ciclos de grado medio o el grado superior del sistema reglado.»

También especifica: «El alumnado de refuerzo deberá encontrarse dentro de los baremos de edad siguientes»:

– Nivel II o Iniciación, lo iniciará con un máximo de edad de 16 años.

– Nivel III, 19 años.

– Nivel IV, 21 años.

– En contrabajo y canto los límites máximos de edad de iniciación serán de 18 y 23 años respectivamente.

– Las materias a cursar tanto instrumentales como complementarias serán establecidas por la jefatura de estudios, oído el tutor, y dependiendo de lo exigido en la prueba de acceso a la que el alumno tenga intención de presentarse. Su distribución horaria (tiempos lectivos) también se determinará en cada caso.

5.5. Nivel IV o Avanzado.

Es principalmente grupal. Se puede seguir con la práctica instrumental o vocal si quiere el alumno.

Criterio de evaluación para el nivel IV: no tiene más límite de competencia que la que el interés, dedicación y capacidad del alumno le marquen.

Materias:

– Práctica de conjunto: agrupaciones como nivel III.

– Práctica instrumental: materias y tiempo lectivo como nivel III.

 

5.6. Alumnado adulto.

Se entiende por alumno adulto todo aquel que comience su formación musical con 18 años o más.

Dicho alumnado tendrá una consideración especial, y tendrá mayor flexibilidad en las asignaturas complementarias, intentando formar grupos con intereses, capacidades y edades similares.

 

5.7. Atención a la diversidad.

 Hay alumnado que precisa de un tratamiento específico que garantice una enseñanza de calidad.

A pesar de la escasa información educativa que existe a este respecto, la Escuela de Música de Amurrio ha sido punto de referencia para otras instituciones educativas musicales en cuanto a la atención a la diversidad, por haberla abordado desde un principio y haber aceptado el reto aún sin contar con los medios y formación que serían deseables en este apartado. Los avances logrados nos han hecho implicarnos más de lleno en ello.

– El objetivo es la integración de este alumnado en grupos ordinarios con la debida atención psicopedagógica. En el caso de que, tras la valoración del caso con el profesorado implicado y en coordinación con GAPPA(Gabinete de asistencia psicológica y pedagógica de Amurrio) así como con el Berritzegune de Álava, no sea posible, se derivará a otras instituciones para su inclusión en grupos especiales, que contarán o no con la colaboración de la escuela.

En este sentido, se preguntará a todos los nuevos matriculados si el alumno necesita de alguna consideración especial. Todos los que así lo indiquen tendrán reunión con el jefe de estudios para estudiar el caso, y dicha información será comunicada al profesorado implicado.

Para todo el alumnado con necesidades psicopedagógicas especiales se plantearán las siguientes cuestiones:

– Coordinación pedagógica especial en los casos requeridos.

– Ayuda al profesorado mediante el asesoramiento psicopedagógico cuando sea solicitada

– Ayuda de especialistas cuando sea posible (ONCE, CRI, etc…)